Casos Especiales en donde se Paga Salario Mínimo
El código sustantivo de trabajo establece cuatro excepciones a la regla general desarrollada aquí , en las cuales, el trabajador gana un salario mínimo legal o el pactado en el contrato de trabajo, sin pago de recargo nocturno, dominical o festivo, a pesar de trabajar más de las 8 horas al día o en turno de noche y son las siguientes: 1. El turno de seis (6) horas al día y no más de treinta y seis (36) horas a la semana, en esta modalidad el trabajador puede trabajar en el turno de noche, domingos o festivos y este no generará recargo alguno, siempre y cuando se respete la norma; es decir, el trabajador no laboré más de 6 horas al día y no más de 36 horas a la semana con un día de descanso. 2. El turno de trabajo de 48 horas a la semana trabajando mínimo 4 horas y máximo 10 horas al día, en esta modalidad se pueden repartir las 48 horas semanales en diferentes turnos siempre y cuando no se pase de 10 horas al día y no sea menos...