¿Cuanto Tiempo de Trabajo Remunera el Salario Mínimo?
Muchas
son las personas que actualmente devenga como salario el mínimo legal decretado para el año 2017 de $ 737.717 pesos; Sin embargo, los trabajadores desconocen
que el salario mínimo solo está establecido para las personas que trabajen en
días ordinarios (No Domingos ni Festivos) 8 horas al día y máximo 48 horas a la
semana entre las 6:00 y las 22:00 horas (10:00 p.m.) con un día obligatorio de
descanso a la semana. En otras palabras, si trabajo más de 8 horas al día o más de 48 horas en la semana o en una jornada nocturna entre las 22:00 y las 6:00
horas mi salario debe ser superior al de un mínimo.
Ejemplo:
Solo
deberían ganar salario mínimo quienes trabajen de la siguiente forma en un mes
donde no hay festivos aparte de los domingos y solo se trabaja de 6:00 a 22:00
horas.
Primer Quincena
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Segunda Quincena
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Como se observa en la tabla, solo se trabajaron 8 horas al día de lunes a sábado y nunca se trabajó un domingo o un festivo; por lo tanto, el salario que debería recibir es el mínimo legalmente establecido o el pactado en el contrato de trabajo que no puede ser inferior al mínimo.
Conclusión
Su
salario deberá ser superior al mínimo legal en los siguientes casos:
- · Cuando trabaje más de 8 horas al día o más de 48 a la semana.
- · Cuando trabaje en días domingos y festivos
- · Cuando realice trabajo nocturno comprendido entre las 22:00 horas a las 6:00 horas.
- · Cuando en el contrato de trabajo se haya establecido un salario mayor.
Atención:
Si
actualmente se encuentra ganando un salario inferior al mínimo, a pesar de
cumplir con la jornada de trabajo o trabaja más de lo legalmente establecido lo
invitamos a que se asesore legalmente para que reclame el tiempo no pagado
junto con las respectivas indemnizaciones de ley.
Para
más información consulte la siguientes entradas:
- CASOS ESPECIALES EN DONDE SE DEVENGA SALARIO MÍNIMO.
- LA JORNADA MÁXIMA DE TRABAJO
- COMO SE PAGAN LAS HORAS EXTRAS Y RECARGOS DE LEY.
Si se encuentra en la ciudad de Cali, lo invitamos a reservar su cita en: www.abogadoluisgarcia.com
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